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ivasa:normativa [2021/06/22 08:50] rcorralesc [Régimen Especial Agropecuario] |
ivasa:normativa [2021/07/22 09:04] rcorralesc [Régimen Especial Agropecuario] |
===== Régimen Especial Agropecuario ===== | ===== Régimen Especial Agropecuario ===== |
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[[http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=89768&nValor3=117936&strTipM=TC|Decreto 41943-H-MAG]]. "Reglamento del régimen especial para el sector agropecuario y modificaciones a otros reglamentos". Rige desde 01/10/2019. Publicado en Gaceta No. 185 del 01/10/2019, Alcance 212. | [[http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=89768&nValor3=117936&strTipM=TC|Decreto 41943-H-MAG. "Reglamento del régimen especial para el sector agropecuario y modificaciones a otros reglamentos"]]. Rige desde 01/10/2019. Publicado en Gaceta No. 185 del 01/10/2019, Alcance 212. |
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[[https://www.hacienda.go.cr/Sidovih/uploads/Archivos/Resoluciones%20de%20ley/DGT-R-20-2020-En%20La%20Gaceta%20N%C2%BA%20205-17-08-2020.pdf|Resolución No. DGT-R-20-2020]]. “Procedimiento y requisitos para inscripción en el registro de productores agropecuarios y pescadores”. Rige desde 17/08/2020. Publicado en Gaceta No. 205 del 17/08/2020. | [[http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=92182&nValor3=121976&strTipM=TC|Resolución DGT-R-20-2020. “Procedimiento y requisitos para inscripción en el registro de productores agropecuarios y pescadores”]]. Rige desde 17/08/2020. Publicado en Gaceta No. 205 del 17/08/2020. |
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**Presentación de declaraciones** | ''**Presentación de declaraciones** |
| Los formularios para declaración del IVA para los obligados tributarios del REA, dependiendo del período del impuesto que se trate son:\\ |
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| **Modelo D-135-1: "Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado para el Régimen Especial Agropecuario con Periodicidad Cuatrimestral"**. Este formulario deberá ser presentado por los contribuyentes a más tardar el décimo quinto día natural del mes siguiente de finalizado el período respectivo. Es decir, a más tardar: 15 de enero, 15 de mayo y 15 de setiembre de cada año.\\ |
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| **Modelo D-137-1: "Declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado Agropecuario, IVA Anual"**. Este formulario deberá ser presentado por los contribuyentes a más tardar el último día natural del mes siguiente a la finalización del periodo fiscal del Impuesto sobre las Utilidades, es decir, el mes de enero de cada año.'' |
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Los formularios para declaración del IVA para los obligados tributarios del REA, dependiendo del período del impuesto que se trate son: | [[https://www.hacienda.go.cr/contenido/15455-generalidades-del-regimen-especial-agropecuario-rea-del-impuesto-sobre-el-valor-agregado-iva|Generalidades sobre el Régimen Especial Agropecuario]] (en página web del Ministerio de Hacienda). |
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**Modelo D-135-1: "Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado para el Régimen Especial Agropecuario con Periodicidad Cuatrimestral"** | |
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Este formulario deberá ser presentado por los contribuyentes a más tardar el décimo quinto día natural del mes siguiente de finalizado el período respectivo. Es decir, a más tardar: 15 de enero, 15 de mayo y 15 de setiembre de cada año | |
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**Modelo D-137-1: "Declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado Agropecuario, IVA Anual"** | |
Este modelo deberá ser presentado por los contribuyentes a más tardar el último día natural del mes siguiente a la finalización del periodo fiscal del Impuesto sobre las Utilidades, es decir, el mes de enero de cada año. | |
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===== Impuesto a las Utilidades ===== | ===== Impuesto a las Utilidades ===== |