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sisdnea:beneficiospympa [2019/07/31 13:03] rcorralesc |
sisdnea:beneficiospympa [2019/10/19 17:18] rcorralesc [Un productor con la acreditación PYMPA puede optar por:] |
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===== Un productor con la acreditación PYMPA puede optar por: ===== | ===== Un productor con la acreditación PYMPA puede optar por: ===== | ||
**1) Exención al pago del Impuesto al Valor Agregado para los arrendamientos de PYMPAS con montos menores a 1,5 salarios base.**\\ | **1) Exención al pago del Impuesto al Valor Agregado para los arrendamientos de PYMPAS con montos menores a 1,5 salarios base.**\\ | ||
+ | El Fundamento Legal de esta exención está en: | ||
+ | * el art. 8 inciso 10 de la Ley 9635 y | ||
+ | * el art. 11, numeral 5 inciso c del Reglamento a la Ley del IVA (decreto 41779) | ||
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- | c.Los arrendamientos de las micro y pequeñas empresas, debidamente inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y de las micro y pequeñas empresas agrícolas registradas ante el Ministerio de Agricultura (MAG). Para lo cual existirá una coordinación entre el Ministerio de Hacienda y el MEIC o elMAG según corresponda, | + | c.Los arrendamientos de las micro y pequeñas empresas, debidamente inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y de las micro y pequeñas empresas agrícolas registradas ante el Ministerio de Agricultura (MAG). Para lo cual existirá una coordinación entre el Ministerio de Hacienda y el MEIC o el MAG según corresponda, |
Ambos casos están exentos siempre y cuando el arrendamiento o alquiler mensual sea inferior o igual a uno coma cinco (1,5) salarios base. Cuando el monto del alquiler o renta mensual exceda de dicho monto, el impuesto se aplicará al total dela renta.'' | Ambos casos están exentos siempre y cuando el arrendamiento o alquiler mensual sea inferior o igual a uno coma cinco (1,5) salarios base. Cuando el monto del alquiler o renta mensual exceda de dicho monto, el impuesto se aplicará al total dela renta.'' | ||
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d. Se admitirán hasta dos vehículos por persona.'' | d. Se admitirán hasta dos vehículos por persona.'' | ||
- | **5) Trámite de Permisos para realizar Quemas Agrícolas (con base en lo dispuesto en el Decreto No. 35368-MAG-S-MINAE).**\\ | + | ** 5) Tarifa Diferenciada para el Registro de Pozos de los Pequeños y Medianos Productores Agropecuarios (PYMPA) **\\ |
+ | El art. 12 del [[pozos: | ||
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+ | SENARA determinará una tarifa diferenciada para la inscripción de los pozos de los pequeños y medianos productores considerando la clasificación del Decreto Nº 37911- MAG, denominado "Crea el Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar la condición de Pequeño y Mediano Productor Agropecuario (PYMPA)", | ||
+ | ...'' | ||
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+ | La Junta Directiva de SENARA, mediante Acuerdo No. 6009, aprobó una tarifa diferenciada para el registro de pozos de los productores PYMPA. Los medianos productores pagan ₵132,275 y ₵66137 para pequeños productores. El resto de registrantes pagarán ₵264,551. El periodo del registro inicia el 24 de setiembre del 2019 y concluye el 24 de marzo de 2020. [[pozos: | ||
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+ | **6) Trámite de Permisos para realizar Quemas Agrícolas (con base en lo dispuesto en el Decreto No. 35368-MAG-S-MINAE).**\\ | ||
Los [[normativa|art. 18 y 19 del DE 35368-MAG-S-MINAE]] dicen:\\ | Los [[normativa|art. 18 y 19 del DE 35368-MAG-S-MINAE]] dicen:\\ | ||
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art. 19.- Fiscalización. Los funcionarios de las instituciones referidas en este Reglamento y de las Municipalidades, | art. 19.- Fiscalización. Los funcionarios de las instituciones referidas en este Reglamento y de las Municipalidades, | ||
- | **6) Prioridad a la hora de distribuir ayudas provenientes de las Emergencias.**\\ | + | **7) Prioridad a la hora de distribuir ayudas provenientes de las Emergencias.**\\ |
El MAG se une a la integración de los esfuerzos organizados que se requieren para la prevención, | El MAG se une a la integración de los esfuerzos organizados que se requieren para la prevención, | ||
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- | **7) Prórroga | + | |
- | El art. 2 de la Resolución | + | **8) Pagar con una Base Ajustada al Salario durante los primeros cuatro años de vida del PYMPA con una tasa reducida y con progresividad de aplicación con base en el " |
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+ | El presente reglamento pretende incentivar | ||
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- | **8) Pagar con una Base Ajustada al Salario durante los primeros cuatro años de vida del PYMPA con una tasa reducida y con progresividad | + | Artículo 2: Campo de aplicación\\ |
+ | El presente reglamento regula | ||
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Condiciones del incentivo: | Condiciones del incentivo: | ||
* Máximo de trabajadores: | * Máximo de trabajadores: | ||
Línea 53: | Línea 70: | ||
Más información en: | Más información en: | ||
- | * La Junta Directiva | + | * ¿Cómo se beneficia mi PYME/PYMPA con el nuevo reglamento |
- | * Microempresas contarán con beneficios para la formalización y generación de empleo http://revistamilenium.com/microempresas-contaran-con-beneficios-para-la-formalizacion-y-generacion-de-empleo/ | + | |