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sisdnea:beneficiospympa [2019/09/24 21:13] rcorralesc |
sisdnea:beneficiospympa [2019/10/19 17:18] rcorralesc [Un productor con la acreditación PYMPA puede optar por:] |
''Todos los bienes que se den en calidad de préstamo serán entregados por plazos definidos. Le corresponderá al custodio garantizar su buen uso y funcionamiento, con el objetivo de lograr los fines para los que fueron entregados.''\\ | ''Todos los bienes que se den en calidad de préstamo serán entregados por plazos definidos. Le corresponderá al custodio garantizar su buen uso y funcionamiento, con el objetivo de lograr los fines para los que fueron entregados.''\\ |
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**8) Prórroga para la Facturación Electrónica hasta el 1 de octubre del 2019.**\\ | |
El art. 2 de la Resolución de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda número [[normativa#prorroga_para_la_facturacion_electronica_para_los_sectores_agropecuario_y_pesquero|DGT-R-039-2018]], prorroga al 1 de octubre de 2019 la vigencia de la obligatoriedad del uso del sistema de factura electrónica, únicamente para los contribuyentes de los Sectores Agropecuario y Pesquero.\\ | **8) Pagar con una Base Ajustada al Salario durante los primeros cuatro años de vida del PYMPA con una tasa reducida y con progresividad de aplicación con base en el "Reglamento para la aplicación de la Base Ajustada al Salario para Microempresas en el Seguro de Salud".**\\ |
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| ''Artículo 1: Objeto\\ |
| El presente reglamento pretende incentivar la formalización de microempresas, mediante la aplicación de la Base Ajustada al Salario (BAS) en el Seguro de Salud, para promover el incremento de la cobertura contributiva en los seguros sociales que administra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), así como coadyuvar a la reactivación económica del país.\\ |
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**9) Pagar con una Base Ajustada al Salario durante los primeros cuatro años de vida del PYMPA con una tasa reducida y con progresividad de aplicación con base en el "Reglamento de Aseguramiento de Microempresas y Emprendedores en el Seguro de Salud".** (__Nota: La Junta Directiva de la CCSS aprobó el Reglamento en sesión XX del lunes 30 de julio del 2018. Actualmente el Reglamento está en fase de "Observaciones", una vez finalizada esa etapa, se publicará en Gaceta para su entrada en Vigencia.__)\\ | Artículo 2: Campo de aplicación\\ |
| El presente reglamento regula el beneficio de contribuir, hasta por un periodo máximo de cuatro años, a partir de una BAS en el Seguro de Salud, para aquellos patronos microempresarios, sean físicos o jurídicos y sus trabajadores que se inscriben por primera vez o reanuden su actividad económica ante la CCSS, bajo las condiciones establecidas en el presente reglamento, con un máximo de hasta cinco trabajadores y desarrollen actividades económicas de carácter permanente.'' |
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Condiciones del incentivo: | Condiciones del incentivo: |
* Máximo de trabajadores: 5 | * Máximo de trabajadores: 5 |
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Más información en: | Más información en: |
* La Junta Directiva de la CCSS aprobó el Reglamento de Aseguramiento de Microempresas y Emprendedores en el Seguro de Salud http://www.ccss.sa.cr/noticia?ccss-aprueba-reglamento-de-aseguramiento-de-microempresas-y-emprendedores-en-el-seguro-de \\ | * ¿Cómo se beneficia mi PYME/PYMPA con el nuevo reglamento de la CCSS? https://www.meic.go.cr/meic/comunicado/963/como-se-beneficia-mi-pyme-con-el-nuevo-reglamento-de-la-ccss.php |
* Microempresas contarán con beneficios para la formalización y generación de empleo http://revistamilenium.com/microempresas-contaran-con-beneficios-para-la-formalizacion-y-generacion-de-empleo/ | |
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